AGENDAESNI
Todas las empresas que cotizan a la Seguridad Social, tienen un crédito anual disponible para financiar la formación de sus trabajadores que es proporcional a las cuotas que ingresan mensualmente en concepto de formación profesional y al tamaño de su plantilla del año anterior.
Podrán beneficiarse todos los trabajadores en activo que estén empleados en un centro de trabajo en España y que coticen en el Régimen General de la Seguridad Social.
Se podrán bonificar acciones formativas que tengan una duración mínima de 6 horas (aunque existen excepciones: certificados de profesionalidad, prevención de riesgos, promoción de la igualdad).
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