AGENDAESNI
Los aspectos que debe recoger la Contratación Internacional abarcan:
El marco internacional, el contrato internacional y los usos mercantiles internacionales.
La negociación de contratos internacionales.
Condiciones generales de venta internacional.
El contrato de compraventa internacional.
El contrato de distribución internacional.
El contrato de agencia comercial.
El contrato internacional de franquicia.
El contrato de transferencia de tecnología.
El contrato internacional de Joint-Venture.
El contrato de factoring internacional.
El arbitraje internacional.
Incumplimiento de las obligaciones y resolución de los conflictos.
Las actuales relaciones comerciales internacionales se caracterizan por un proceso constante de internacionalización y globalización de las relaciones entre empresas, que afecta de manera muy concreta a la capacidad y a la forma de la actividad internacional de la empresa.
Existen influencias muy significativas por parte del entorno internacional sobre la forma y modo de estructurar y desarrollar las operaciones comerciales.
El contrato internacional tiene por ello características propias distintivas que lo difieren cualitativamente de los contenidos y consecuencias que habitualmente tiene el área interna o nacional:
Diferencias: Existen una gran diversidad de legislaciones y prácticas mercantiles, según sean los países y zonas con las que se comercial, lo cuál acentúa los riesgos, e incertidumbres, tanto en la forma de hacer contratación, como en los propios contratos internacionales.
El contenido mínimo de unas condiciones generales debe tener en cuenta:
- La entrega internacional de mercancías: Incoterms
- Riesgo de impago
- Jurisdicción competente y ley aplicable.